dimarts, 28 de setembre del 2010

AL.LUCINANT LA RESPOSTA DEL GOVERN D'ESPANYA A LES PREGUNTES FETES AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, SOBRE EL PROJECTE DELS MUSEUS DE SITGES!!!!

El 14 de juliol de 2010, Carles Campuzano, diputat de CIU al Congreso de los Diputados, va presentar dues preguntes per escrit. aquestes van ser:

- 184/088534- ¿Es consciente el Gobierno que está participando en la financiació de un proyecto denominado "Restauración, condicionamiento y remodelación del conjunto de edificios del Museu Maricel, Can Rocamora i Museu Cau Ferrat" en Sitges, promovido por el Consorcio del Patrimonio, que incumple la legalidad en materia de protección de edificios declarados como Conjunto Histórico, Artístico y Monumental y de Bienes declarados de Interés Cultural?

- 184/088535- ¿Tiene previsto el Gobierno tomar alguna medida para garantizar el respeto a la normativa sobre Patrimonio Histórico frente el proyecto "Restauración, condicionamiento y remodelación del conjunto de edificios del Museu Maricel, Can Rocamora i Museu Cau Ferrat" en Sitges, promovido por el Consorcio del Patrimonio y en relación al Museu del Cau Ferrat?



Doncs davant d'aquestes preguntes tan clares i directes, la resposta del Govern és al.lucinant, ja que no s'enten "el Ministerio de Cultura ni es miembro del Consorcio del Patrimonio de Sitges ni TIENE CONOCIMIENTO DEL PROYECTO Restauración, condicionamiento y remodelación del conjunto de edificios del Museu Maricel, Can Rocamora i Museu Cau Ferrat en Sitges"


Doncs és molt greu que el Govern d'Espanya i el Ministeri de Cultura en concret, no tingui capp notícia sobre el projecte citat, ja que es tracta de la remodelació d'un edifici i d'un conjunt monumental que forma part  directament del catàleg de bens immobles que del Patrimonio Histórico del Gobierno de España.

Des del dia 1 de març de 1962 el CAU FERRAT de Sitges forma part d’aquest conjunt  de bens culturals protegits. En aquesta mateixa llista i des del 13 de juliol de 1972, hi trobem el CONJUNT HISTÒRIC I PARATGE PINTORESC DE LES ZONES DEL CASC ANTIC I DEL LITORAL DE LA VILA DE SITGES.

Els bens que pertanyen al Patrimoni Històric, estan regulats per una normativa específica continguda a la Llei 16/1985 del 25 de juny de Patrimoni.

En el preàmbul d’aquesta llei llegim:

El Patrimonio Histórico Español es el principal testigo de la contribución histórica de los españoles a la civilización universal y de su capacidad creativa contemporánea. La protección y el enriquecimiento de los bienes que lo integran constituyen obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos, según el mandato que a los mismos dirige el artículo 46 de la norma constitucional.

En el seno del Patrimonio Histórico Español, y al objeto de otorgar una mayor protección y tutela, adquiere un valor singular la categoría de Bienes de Interés Cultural, que se extiende a los muebles e inmuebles de aquel Patrimonio que, de forma más palmaria, requieran tal protección. Semejante categoría implica medidas asimismo singulares que la Ley establece según la naturaleza de los bienes sobre los cuales recae.

El Patrimonio Histórico Español es una riqueza colectiva que contiene las expresiones más dignas de aprecio en la aportación histórica de los españoles a la cultura universal. Su valor lo proporciona la estima que, como elemento de identidad cultural, merece a la sensibilidad de los ciudadanos. Porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales debido exclusivamente a la acción social que cumplen, directamente derivada del aprecio con que los mismos ciudadanos los han ido revalorizando.

TITULO PRELIMINAR
Disposiciones generales.
Art. 8.º 1. Las personas que observen peligro de destrucción o deterioro en un bien integrante del Patrimonio Histórico Español deberán, en el menor tiempo posible, ponerlo en conocimiento de la Administración competente, quien comprobará el objeto de la denuncia y actuará con arreglo a lo que en esta Ley se dispone.

2. Será pública la acción para exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos el cumplimiento de lo previsto en esta Ley para la defensa de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.

La conservación del patrimonio español es responsabilidad del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE). Esta institución pública presenta este espacio para difundir la información acerca de las actividades y servicios desarrollados y ofrecidos por el IPCE tales como:
Elaboración y ejecución de planes para la conservación y restauración del Patrimonio Histórico Español.
Estudio de métodos y técnicas actualizadas para la restauración y conservación del mismo.
Archivo, tratamiento técnico y difusión de la documentación disponible acerca de ese patrimonio y de la referida a los proyectos, intervenciones y trabajos realizados en cada caso concreto.
Difusión e intercambio con organismos internacionales.
Formación de técnicos que atiendan a los fines del Instituto.
Propuesta de celebración de convenios con otras Administraciones públicas y entidades públicas o privadas para la conservación del patrimonio.


AIXÍ DONCS POTSER QUE S'HO REPENSIN, I QUE EL MINISTERI DE CULTURA ES PREOCUPI PER LA CONSERVACIÓ D'UN DELS EDIFICIS I DELS CONJUNTS MONUMENTALS QUE FORMEN PART DEL SEU CATÀLEG..... 




1 comentari:

  1. Lamentablemente las competencias del Ministerio de Cultura han sido traspasadas a la Generalitat, y esta hace caso omiso de la barbaridad que se está perpetrando.
    El Ministerio de Cultura, seguro que lo hubiera impedido

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